- La SCJN decidió la medida precautoria para suspender de manera provisional la emisión de permisos comerciales para liberar al ambiente de organismos genéticamente modificados de maíz.
Redacción
La lucha en contra de los organismos genéticamente modificados del maíz o también llamados transgénicos ha dado un paso más, pues desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación se suspendieron de manera provisional los permisos experimentales.
Así lo dio a conocer la Primera Sala al resolver el amparo en revisión 1023/2019, donde avalaron la legalidad de una medida precautoria dictada en una acción colectiva, que suspendió de manera provisional la emisión de permisos comerciales para liberar al ambiente organismos genéticamente modificados de maíz (transgénicos), y restringe la emisión de permisos experimentales y piloto al uso de medidas de contención y a la supervisión judicial, para proteger al medio ambiente y a la diversidad de maíces nativos.
Esta decisión deriva de una demanda de acción colectiva promovida por un grupo de personas en defensa del medio ambiente y la diversidad de maíces nativos, en contra de las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural, la de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de los solicitantes y permisionarios de tipo experimental, piloto y comercial de liberación al ambiente de organismos genéticamente modificados de maíz, regulados por la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.
Por otra parte, se decidió también que el artículo 610, fracción IV del Código Federal de Procedimientos Civiles, no viola el principio de seguridad jurídica, pues permite al juez decretar cualquier medida indispensable para proteger durante el juicio los bienes colectivos supuestamente afectados, lo que es necesario para garantizar su eficacia.
La medida cautelar se decretó en tanto se resuelve el juicio principal. En este sentido, las autoridades consideraron que de no concederse, podría causarse un daño irreversible al medio ambiente, ante una situación de incertidumbre científica acerca de los riesgos, los daños y los agentes causales.
En cuanto a la valoración de la medida precautoria, la Primera Sala consideró que para decretarla con base en el principio de precaución que rige en materia ambiental, es suficiente que se advierta provisionalmente la posibilidad de riesgos irreversibles para la diversidad biológica y el medio ambiente, mientras se resuelve la acción promovida, por lo que consideró que debía negarse el amparo en contra de esa medida precautoria.
Fue a principios de octubre de 2021 cuando la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) rechazó por primera vez autorizar una nueva variedad de maíz transgénico, dijo Juan Cortina, presidente del Consejo Nacional Agropecuario (CNA), organismo agroindustrial más importante de México, en una señal de que el Gobierno está endureciendo su posición en torno a los cultivos modificados genéticamente.
México, cuna del maíz moderno, nunca ha permitido el cultivo a escala comercial de maíz transgénico, pero durante décadas ha permitido la importación de estas variedades, en su mayoría procedentes de agricultores estadounidenses y utilizadas mayoritariamente para alimento de ganado.
uan Cortina dijo en una entrevista con Reuters que los importadores mexicanos de maíz comenzarán a sentir el impacto del rechazo tan pronto como el próximo año.
“Ahí hay ya un primer obstáculo, que no es inmediato, pero que ahí va a venir”, dijo, añadiendo que existen otros siete permisos pendientes de semillas de maíz transgénico que llevan entre 14 y 34 meses esperando resolución. Consideró que la decisión viola el acuerdo comercial de América del Norte, el T-MEC.