Desde 2015 a 2021, en Veracruz se han registrado 548 carpetas de investigación por el delito de feminicidio.
Red de corresponsales
Desde 2015 a 2021, en Veracruz se han registrado 548 carpetas de investigación por el delito de feminicidio, sin embargo solo 43 casos obtuvieron una sentencia condenatoria; de manera que el 92 por ciento de los asesinatos de mujeres en la entidad permanece en la impunidad.
La información estadística relativa a las carpetas de investigación por el delito de feminicidio, la cual es competencia de la Fiscalía General del Estado (FGE), y es recopilada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), reporta para 2015 un total de 40 carpetas; 2016, con 58; 2017 (100 carpetas); 2018 (101 carpetas); 2019, con 104; 2020 (76 carpetas) y durante 2021, 69 carpetas.
Frente a los 548 feminicidios calificados y reconocidos por las autoridades, durante los últimos siete años, la respuesta del sistema judicial para castigar la violencia feminicida en Veracruz se ha limitado a 43 sentencias condenatorias y una absolutoria; es decir, en 8 por ciento de los feminicidios denunciados los agresores obtuvieron una condena y fueron enviados a prisión; mientras que el 92 por ciento (504 feminicidios) sigue sin esclarecerse.
Mediante solicitudes de acceso a la información, el poder Judicial del Estado de Veracruz , a través de la Dirección de Control y Estadística del Consejo de la Judicatura, ha proporcionado diversas cifras sobre las sentencias dictadas por feminicidio.
Las cifras oficiales más recientes indican que durante 2015, de 40 feminicidios en el estado, solo se emitió una sentencia condenatoria; en 2016, los jueces dictaron seis sentencias condenatorias de un total de 58 carpetas de investigación; en 2017, de 100 carpetas, se emitieron ocho sentencias condenatorias y una absolutoria.
Para 2018, con un registro de 101 feminicidios, los jueces emitieron ocho sentencias condenatorias; en 2019, de 104 carpetas, hubo cinco sentencias; para 2020, de 76 feminicidios, tres recibieron sentencia condenatoria.
En 2021, según las cifras presentadas por la fiscal general Verónica Hernández Giadáns, durante su comparecencia ante el congreso del Estado, de 69 carpetas de investigación por feminicidio, se dictaron 12 sentencias condenatorias (17 por ciento del total), lo cual revela que 57 casos (83 por ciento) no han sido esclarecidos.
De acuerdo con los registros del Poder Judicial del Estado, las sentencias condenatorias dictadas contra los feminicidas en Veracruz han sido desde los 14 a los 55 años en prisión.
Cabe mencionar que las autoridades de la FGE precisan que toda muerte dolosa cometida en agravio de las mujeres se inicia con el protocolo de feminicidio; sin embargo, dentro de la misma investigación inicial o proceso penal, puede variar el tipo penal de feminicidio al de homicidio doloso calificado. De igual manera cuando se haya ejercitado acción penal por el delito, puede ser modificado ya sea por el Juzgado de Control, por el Tribunal de Alzada u Órgano Judicial Federal.
¿Qué es la violencia feminicida?
Cabe recordar que en 2012, con la aprobación de la reforma al Código Penal Federal, se estableció el delito de feminicidio, con el cual se definieron criterios para investigar y determinar si el homicidio de una mujer corresponde a un feminicidio.
El reciente informe “Datos para la Vida”, realizado por Data Cívica AC e Intersecta Organización para la Igualdad AC, refiere que a pesar de que el feminicidio ha sido tipificado en todas las entidades federativas, esto no ha sido suficiente para saber cuántos feminicidios ocurren en el país.
“Cada uno de los códigos penales de las entidades contemplan supuestos distintos para que el homicidio de una mujer sea considerado como feminicidio. Aunque tres supuestos están presentes en todas las entidades (la exposición del cuerpo, la presencia de lesiones o mutilaciones, así como los signos de violencia sexual) existen otros 15 supuestos que están presenten solo en algunas entidades”, advierte el informe.
En otras palabras: los tipos penales de feminicidio en las entidades federativas no miden el mismo fenómeno.
El análisis sistematizado de legislación penal vigente hasta diciembre de 2021, realizado por Intersecta AC, apunta que en Veracruz un homicidio de una mujer es un feminicidio si cumple con los siguientes supuestos: el cuerpo fue expuesto, hay lesiones o mutilaciones, hay signos de violencia sexual, existe amenaza de violencia, la víctima estuvo incomunicada, existe una relación de confianza, el agresor cometió actos de necrofilia, existe una relación de subordinación, de parentesco, de noviazgo; existe una relación laboral y de amistad.
En contraste, los supuestos de feminicidio que no están criminalizados o que no son reconocidos en el Código Penal de Veracruz son: que existen antecedentes de violencia, existe una relación docente, hay celos u odio del agresor, la víctima estaba indefensa, el cuerpo fue ocultado y otros supuestos.
El pasado lunes 24 de enero, la Fiscal General del Estado, Verónica Hernández Giadáns, dio a conocer que, en el periodo 2016 al 2021, este organismo registró un total de 1087 muertes violentas de mujeres, de las cuales 508 fueron calificadas como feminicidio, mientras que 579 corresponden a homicidios dolosos de mujeres.
En 2021, según la estadística del Centro Nacional de Información del Gobierno Federal, en Veracruz se registraron 70 presuntas víctimas de feminicidio y 82 mujeres fueron víctimas de homicidio doloso.
La información desagregada de la incidencia del delito de feminicidio, publicada por el SESNSP, reporta que, en Veracruz, de 548 feminicidios denunciados durante los años 2015 al 2021, 38 mujeres fueron asesinadas con arma de fuego, 40 con cuchillo, 37 “no especificado” y 433 “con otro elemento”.
Al respecto, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi) apunta que “los datos muestran que las mujeres son asesinadas con mayor violencia y saña, en eventos donde se utilizan medios que producen mayor dolor, prolongan su sufrimiento antes de morir y sobre todo conllevan la aplicación de la fuerza corporal para someterlas.”
La FGE de Veracruz ha detectado que “en la mayoría de los casos de la privación de la vida en agravio de mujeres se utilizan armas de fuego, arma blanca, objetos constrictores y en algunos casos las manos de los propios sujetos.”
Por su parte, el Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres), ONU Mujeres y la Secretaría de Gobernación, en su informe “Violencia Feminicida en México, aproximaciones y tendencias 1985-2016”, ya había señalado que a diferencia de los homicidios dolosos de hombres, donde predominan ampliamente las armas de fuego, en los asesinatos de mujeres siguen usándose los medios más crueles (acuchillamiento y ahorcamiento) que evidencian la misoginia.
“Lo anterior significa que no se han podido cambiar los patrones culturales que desvalorizan a las mujeres y las conciben como desechables, lo cual genera un clima de permisividad social ante la violencia contra las mujeres y su expresión última: el feminicidio”, señala.
Actualmente, la entidad veracruzana se ubica en segundo lugar nacional en el delito de feminicidio, luego del Estado de México. Además, dentro de la lista de los “Primeros 100 municipios del país con presuntos feminicidios”, hay seis municipios veracruzanos con mayor incidencia en este delito: Coatzacoalcos, Emiliano Zapata, Papantla, Xalapa, Tuxpan y Veracruz.
La Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia determina que la violencia feminicida, “es la forma extrema de violencia, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado, y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.”