Hace unos días La Asociación de Zoológicos, Criaderos y Acuarios de México (AZCARM) denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR) a Eduardo Mauricio Moisés Serio, también conocido como ‘Papa bear’, en su calidad de dueño del Gran Santuario Mexicano Jaguar Negro-Tigre Blanco o Black Jaguar-White Tiger, por el abandono y maltrato de cientos de felinos de diversas especies, varias de ellas en peligro de extinción.
Pero ¿qué dice la ley al respecto?
El Código Penal de la Ciudad de México, tiene tipificado el maltrato animal como un delito.
En el Artículo 350-Bis señala las diferentes variantes y de este delito y los castigos que correspondan a cada una.
Así, el Código Penal señala que “al que realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana, causándole lesiones de cualquier tipo sin que se pongan en peligro la vida animal, se impondrá de seis a dos años de prisión y de 50 a 100 días de multa.
Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal no humano, – como es el caso de Black Jaguar-White Tiger – las penas mencionadas anteriormente “se incrementarán en una mitad las penas señaladas” -.
Mientras que el Artículo 350 indica que al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana provocándole la muerte, se le impondrán de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de éste Código.
En caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad.
Se entenderá por métodos que provocan un grave sufrimiento, todos aquellos que lleven a una muerte no inmediata y prolonguen la agonía del animal.
Por actos de maltrato o crueldad y lo relativo a éste capítulo, se estará a lo dispuesto en la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal.