Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.
Este jueves, el pleno de la SCJN votó a favor del dictamen, al resolver la controversia constitucional 90/2020, cuando el tribunal señaló que el presidente Andrés Manuel López Obrador no invadió las facultades del Congreso de la Unión al emitir el acuerdo impugnado.
En esta ocasión, la SCJN analizó y votó en menos de media hora las controversias constitucionales 85/2020, 87/2020 y 91/2020 promovidas por los municipios de Colima y Pabellón de Arteaga en Aguascalientes y por el estado de Michoacán en contra del acuerdo emitido por el presidente López Obrador que dispuso del Ejército para tareas de seguridad pública.
La ministra ponente Margarita Ríos Farjat, que también conoció de la controversia 90/2020 propuso la constitucionalidad del acuerdo, pues la seguridad pública es una materia concurrente entre los tres niveles de gobierno, por lo que no se invadieron facultades de municipios ni entidades federativas.
“La participación militar se desarrolla en un ámbito coordinado, argumentó la ministra Ríos Farjat , por lo que dijo que no hay invasión de competencias y se contempla el uso de las Fuerzas Armadas en un marco de coordinación.
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