La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aclaró que no habrá aplicación retroactiva de la Ley de Amparo que se discute en el Congreso de la Unión en perjuicio de nadie.
Para ello, el coordinador general de Política y Gobierno de la República, Arturo Zaldívar, explicó hoy en la conferencia matutina presidencial que la presidenta no avala leyes contrarias a la constitución y recomendó a los legisladores llevar a cabo la redacción adecuada.
Zaldívar pidió “respetuosamente” modificar el artículo transitorio que se incluyó en la reforma a la Ley de Amparo que busca la retroactividad.
El ministro en retiro recordó que la retroactividad de las leyes está prohibida en la Constitución y existe jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que refiere la forma en que debe aprobarse una ley procesal, tal y como es el caso de la Ley de Amparo.
El ministro sugirió tres puntos para dar claridad al artículo transitorio conforme al Estado de Derecho, ya que de no hacerlo, la redacción actual daría lugar a una interpretación errónea en perjuicio de la justicia y aclaró que el gobierno no está a favor de la retroactividad.

Explicó que los asuntos que se encuentren en trámite continuarán conforme a las disposiciones que establece el decreto y una ley procesal es la que tiene este requisito mientras está en trámite.
Las leyes procesales, aclaró, son las que regulan los juicios y procedimiento y “la ley de amparo es una típica ley procesal” que establece plazos, requisitos de demanda, pruebas, cómo se tiene que otorgar la suspensión, qué tipo de recursos hay.
En este sentido, hay jurisprudencia de establece que durante el proceso puede aplicar la nueva legislación, pues es un acto jurídico aún sin concluir.
Al respecto, el precepto en la iniciativa no tiene la suficiente claridad y ha dado lugar a un debate innecesario.
“Por eso de manera respetuosa nos permitimos sugerir a las y los legisladores adecuar el artículo dándole claridad. Que se establezca que la Ley de Amparo es procesal” porque dijo que “estamos en una etapa en donde las leyes tienen que tener un efecto pedagógico en donde la gente lo entienda”.
En tanto que “no hay problema en las leyes que ya causaron estado y se debe poner en el precepto”. Es decir, cuando el proceso está concluido no puede aplicarse la retroactividad porque es inconstitucional.
El cargo Pide Sheinbaum aclarar el carácter “retroactivo” de la Ley de Amparo / Por Diana Domínguez apareció primero en Reporte 32 MX, El medio digital de México.